Legal Resources Recursos Legales

The Latino Community Association is a Recognized organization with an Accredited Representative (Oscar Gonzalez) under the Office of Legal Access Programs of the US Department of Justice. This means we have adequate experience with immigration legal procedures to be able to assist families with many, but not all, of their immigration legal needs. We partner directly with non-profit and for-profit licensed immigration attorneys to ensure our families have access to high quality affordable legal assistance. And we provide referrals to attorneys based on the list presented on this page.

La Asociación de la Comunidad Latina es una organización reconocida con un representante acreditado (Oscar González) bajo la Oficina de Programas de Acceso Legal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Esto significa que tenemos la experiencia adecuada con los procedimientos legales de inmigración para poder ayudar a las familias con muchas, pero no todas, de sus necesidades legales de inmigración. Nos asociamos directamente con abogados de inmigración licenciados sin fines de lucro y con fines de lucro para garantizar que nuestras familias tengan acceso a asistencia legal asequible de alta calidad. Y brindamos referencias a abogados según la lista presentada en esta página.

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Latino Community Association Services ~ Servicios de la Asociacion de la Comunidad Latina

  • Traducción de Actas y otros documentos ~ Translation of Birth Certificates and other documents
  • Provisión de las formas legales requeridas ~ Packets of required legal forms
  • Ayuda en llenar algunos formularios legales ~ Help filling out legal forms
  • Consultas legales sobre casos de inmigración (con cita): En asociación con Immigration Counseling Service ~ Immigration legal consults (by appointment): Partnership with Immigration Counseling Service
  • Defensa de la deportación: en asociacion con Innovation Law Lab ~ Deportation Defense: Partnership with Innovation Law Lab
  • Información sobre algunos abogados de inmigración ~ Referrals to immigration attorneys
  • Servicio de notarización de cartas y traducciones ~ Notary Public services

LawyersAbogadas/os

 

Beyond Central Oregon ~ Fuera del área

Translation/Interpretation Resources ~ Traduccion e interpretacion particular

Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA): proteccion temporal

El 15 de junio de 2012, el presidente Obama ordenó el Departamento de Seguridad Nacional a implementar un proceso de protección temporal para los jóvenes indocumentados que emigraron a Estados Unidos cuando eran niños, que se conoce como Acción Diferida para los Llegados en la Infancia o DACA.  El proceso ofrece protección temporal contra la deportación o expulsión, a los que son eligibles, aplican y tienen sus aplicaciones aprobadas. También proporciona una vía legal para obtener un permiso de trabajo temporal.  

Deferred Action for Childhood Arrivals (DACA): temporary protection

On June 15th, 2012, President Obama ordered Department of Homeland Security staff to implement a temporary protection process for undocumented youth who immigrated to the United States as children, which is being referred to as Deferred Action for Childhood Arrivals or DACA.  The process offers protection from removal, or deportation, to those who are eligible, apply and have their applications approved.  It also provides a legal path to obtaining a temporary work permit.

IMPORTANT UPDATE: First-time DACA requests had been rescinded by the Trump administration, but as of December 7th, 2020, the program is fully reinstated for renewals and first-time applications. Here are the main points to be aware of:

  • Accepting first-time requests based on the terms of the DACA policy in effect prior to September 5, 2017, and in accordance with the Court’s December 4, 2020, order;
  • Accepting DACA renewal requests based on the terms of the DACA policy in effect prior to September 5, 2017, and in accordance with the Court’s December 4, 2020, order;
  • Accepting applications for advance parole documents based on the terms of the DACA policy prior to September 5, 2017, and in accordance with the Court’s December 4, 2020, order;
  • Extending one-year grants of deferred action under DACA to two years; and
  • Extending one-year employment authorization documents under DACA to two years.

DACA FACTS ~ DATOS SOBRE DACA

QUIEN ES ELEGIBLE?

Un individuo tendrá que demonstrar que:

  • Vino a los Estados Unidos siendo menor de dieciséis años de edad;
  • Ha residido ininterrumpidamente en los Estados Unidos durante al menos cinco años antes de la fecha de este memorándum y está presente en los Estados Unidos en la fecha de este memorándum;
  • Está asistiendo actualmente a la escuela, se ha graduado de la enseñanza secundaria, ha obtenido un certificado de desarrollo de educación general (GED), o es un veterano que ha sido dado de alta con honores de los Guardacostas o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos;
  • No ha sido condenado por un delito mayor, un delito menor significativo, múltiples delitos menores ni representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública;
  • No es mayor de treinta años de edad.

WHO IS ELIGIBLE?

To be eligible you must:
  • Have arrived in the U.S. when they were under the age of sixteen;
  • Have continuously resided in the U.S. for at least five years prior to June 15, 2012 and have been present in the U.S. on June 15, 2012;
  • Currently be in school, have graduated from high school, have a GED, or be an honorably discharged veteran of the U.S. Coast Guard or the U.S. Armed Forces;
  • Not have been convicted of a felony offense, a "significant misdemeanor offense," three or more non-significant misdemeanors, or otherwise pose a threat to national security or public safety; and
  • Have been under thirty-one years old on June 15, 2012

Resources for learning more about DACA ~ RECURSOS PARA INFORMARSE

 

DACA Toolkit for Educators

Download CCCIE’s one-page toolkit of recommendations and resources to help educators launch effective DACA outreach campaigns and prepare staff to provide clear and comprehensive information to assist students.

Videos

 

Los Formularios de DACA

PREGUNTAS Y RESPUESTAS FREQUENTES

Nueva -P1: ¿Qué es la acción diferida?

R1:La acción diferida es una determinación discrecional que aplaza la deportación de un individuo bajo el ejercicio de la discreción procesal. Para propósitos de inadmisibilidad futura basada en presencia ilegal, no se considera ilegal la presencia de un individuo cuyo caso ha sido diferido mientras la acción diferida está en efecto.  Un individuo que ha recibido acción diferida está autorizado por el Departamento de Seguridad Nacional a estar presente en los Estados Unidos y por lo tanto, se considera legal su presencia mientras su acción diferida está vigente. Sin embargo, la acción diferida no confiere a un individuo estatus legal, ni excusa ningún período previo o subsecuente de presencia ilegal.

Bajo las regulaciones existentes, un individuo cuyo caso ha sido diferido es elegible a recibir autorización de empleo por el período de efectividad de la acción diferida, siempre y cuando pueda demostrar “necesidad económica de empleo”. DHS puede terminar o renovar la acción diferida en cualquier momento a discreción de la agencia.

P2: ¿Qué es la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés)?

R2:El 15 de Junio del 2012, la Secretaria del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció que ciertas personas que llegaron a los Estados Unidos siendo niños y cumplen ciertos criterios específicos pueden solicitar ser considerados a la acción diferida por un período de dos años, sujeto a renovación, y entonces ser elegibles para la autorización de empleo.

Los individuos que puedan probar mediante documentación verificable que cumplen con esos criterios serán considerados para la acción diferida. Las determinaciones serán hechas caso por caso bajo las guías establecidas en el memorando de la Secretaria del Departamento de Seguridad Nacional.

P3: Si mi deportación es diferida conforme a los criterios de consideración de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, ¿seré elegible para autorización de empleo?

R3:Sí. Conforme a las regulaciones existentes, si su caso es diferido, usted puede solicitar y obtener autorización de empleo por parte de USCIS, siempre que puedan demostrar que tiene una necesidad económica para trabajar. Su solicitud de autorización de empleo debe presentarse en conjunto con su solicitud de consideración para Acción Diferida para los Llegados en la Infancia. USCIS revisará las solicitudes de autorización de empleo luego de haber hecho una determinación sobre la acción diferida. Información acerca de las peticiones de autorización de empleo está disponible en el sitio Web de USCIS en www.uscis.gov/I-765.

P4: ¿Me aplica este proceso si estoy en procedimientos de deportación o tengo una orden final de deportación, o si estoy en un proceso de salida voluntaria?

R4:Este proceso está abierto a todo individuo que pueda demostrar que cumple con los criterios de consideración establecidos, incluyendo tanto aquellos que nunca han enfrentado procedimientos de deportación como aquellos que sí están en procedimientos de deportación, o tienen una orden final o una orden de salida voluntaria (siempre que no estén en detención por cargos de inmigración). Si no está en detención y desea solicitar ser considerado a la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, usted debe presentar su solicitud a USCIS –no al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés)- de acuerdo a los procedimientos que se explican más adelante. Si está actualmente en detención por cargos de inmigración y cree cumplir con los criterios, usted no debe solicitar a USCIS consideración para la acción diferida, sino que debe identificarse con el oficial de detención o comunicarse con la Oficina del Defensor Público de ICE por medio de la línea directa de ayuda 1-888-351-4024 (en operaciones de 9AM a 5PM de lunes a viernes) o por correo electrónico a la dirección  EROPublicAdvocate@ice.dhs.gov.

Nueva -P5: ¿Acumulo presencia ilegal si tengo pendiente una solicitud de consideración para la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia?

R5:Usted continuará acumulando presencia ilegal mientras solicita consideración para la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, a menos que sea menor de 18 años al momento de la solicitud. Si es menor de 18 años al momento de presentar su solicitud, usted no acumulará presencia ilegal mientras el caso está pendiente, aún si cumple los 18 mientras su solicitud está siendo considerada por UCSIS. Si la acción en su caso es diferida, usted no acumulará períodos de presencia ilegal en el país mientras  la concesión está vigente. Sin embargo, la acción diferida en su caso no le absuelve de ningún período de presencia ilegal acumulado previamente.

Nueva -P6: Si la acción en mi caso es diferida, ¿estoy en un estatus legal mientras dure el período diferido?

R6: No.  Aunque la acción en su caso haya sido diferida y usted no está acumulando presencia ilegal durante ese período (para propósitos de admisibilidad), la acción diferida no confiere ningún estatus legal.

El hecho de que usted no esté acumulando presencia ilegal no cambia la su condición de legalidad o no mientras permanece en EE.UU. Sin embargo, aunque la acción diferida no confiere un estatus legal de inmigración, el período de su estadía está autorizado por el Departamento de Seguridad Nacional mientras la acción diferida está en efecto y se considera que usted está legalmente presente en EE.UU. durante ese tiempo.

Los términos “presencia legal”, “estatus legal” y otros similares se usan en varias otras leyes federales y estatales. Para información acerca de cómo esas leyes afectan a los individuos que reciben un ejercicio favorable de discreción procesal bajo DACA, póngase en contacto con las autoridades federales, estatales o locales apropiadas.

Nueva - P7: ¿Existe alguna diferencia entre “acción diferida” y “acción diferida para los llegados en la infancia” bajo este nuevo proceso?

R7:No. La acción diferida para los llegados en la infancia es una forma de acción diferida. El alivio migratorio que un individuo recibe de acuerdo a la acción diferida para los llegados en la infancia es idéntico para propósitos de inmigración al que obtiene una persona que recibe acción diferida como un acto de discreción procesal.

P8:¿La acción diferida será un vehículo hacia  la residencia permanente o la ciudadanía?

R8:No. La acción diferida es una discreción procesal que no confiere un estatus de residente permanente legal ni es un vehículo hacia la ciudadanía.  Solamente el Congreso, por medio de su autoridad legislativa, puede conferir estos derechos.

P9: Si mi caso es diferido, ¿seré elegible a créditos tributarios por concepto de primas y a costo compartido reducido por medio del Intercambios de Seguros Asequibles (Affordable Insurance Exchanges) que comienza en 2014?

R9: No. El Departamento de Salud y Servicios Humanos y el Tesoro tienen la intención de ajustar las regulaciones relevantes hasta donde sea necesario para eximir a los individuos con Acción Diferida para los Llegados en la Infancia de créditos tributarios por primas y del costo compartido reducido. Esto es consistente con el Acta para un Sueño (Dream Act) de 2010.

P10: ¿Podré ser considerado a la acción diferida aún si no cumplo con los criterios para ser considerado?

R10:Este proceso es sólo para individuos que cumplen con los criterios específicos anunciados por la Secretaria. Otros individuos pueden, en una base caso por caso, solicitar acción diferida a USCIS o ICE en ciertas circunstancias, consistentes con las prácticas en vigor.

P11: ¿Se utilizará la información que yo comparto como parte del proceso de solicitud de Acción diferida para propósitos de aplicarme las leyes de inmigración?

R11:La información suministrada en esta solicitud está protegida contra su distribución a ICE y al Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) para propósitos de hacer cumplir la ley a menos que el solicitante cumpla con los criterios para que se le expida una Notificación de Comparecencia o un referido a ICE bajo los criterios establecidos en las reglas de USCIS sobre la Notificación de Comparecencia (www.uscis.gov/NTA). Los individuos cuyos casos son diferidos de acuerdo al proceso de acción diferida para los Llegados en la Infancia no serán referidos a ICE. Esta información puede ser compartida con agencias de seguridad nacional o encargadas de hacer cumplir la ley, incluyendo ICE y CBP, para propósitos diferentes a la deportación, incluyendo asistencia en la adjudicación de las solicitudes de acción diferida,  para identificar y prevenir peticiones fraudulentas, para propósitos de seguridad nacional o para la investigación o encausamiento de ofensas criminales. La información anterior sobre políticas cubre a familiares y guardianes, además del solicitante.

Esta regla, que podría ser modificada, sustituida o anulada en cualquier momento sin notificación previa no es, ni tiene la intención, de ser considerada como base para crear cualquier derecho o beneficio sustantivo o procesal a ser cumplido por ley por ninguna parte en ningún proceso administrativo, civil o criminal.

P12: Si mi caso es referido a ICE para propósitos de aplicación de la Ley de Inmigración, o si recibo una NTA, ¿también se referirá a ICE la información de mis guardianes y familiares para los mismos propósitos?

R12 :Si su caso es referido a ICE para propósitos de aplicación de la Ley de Inmigración o si recibe una NTA, la información contenida en su solicitud acerca de sus familiares o guardianes no será referida a ICE con los mismos propósitos. Sin embargo, la información puede ser compartida con agencias nacionales de aplicación de la ley, incluyendo ICE y CBP, para propósitos no relacionados con deportación, incluyendo para asistencia en la consideración de la solicitud de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, para identificar o prevenir reclamaciones fraudulentas, para propósitos de seguridad nacional o para la investigación y encauzamiento en una ofensa criminal.

Esta política, que puede ser modificada, reemplazada o anulada en cualquier momento sin notificación alguna, no tiene el propósito, ni es, ni puede tomarse como base para crear ningún derecho o beneficio sustantivo o procesal, para hacerse cumplir por ley en ningún asunto administrativo, civil o criminal.

P:13: ¿Permanecerá esta Administración comprometida con una reforma de inmigración integral?

R:13:Si. Esta Administración ha estado consistentemente presionando para lograr la aprobación de una reforma de inmigración integral, incluyendo el “Acta para un Sueño” o “DREAM Act”, porque el Presidente cree que este paso es crítico para construir un sistema de inmigración en el siglo 21 que cubra las necesidades económicas y de seguridad de nuestra nación.

 P14: ¿Se necesita todavía la aprobación del “Acta para un Sueño” o “DREAM Act”?

R14:Sí. El memorando del 15 de junio de la Secretaria permitiendo a ciertas personas pedir ser considerados para la acción diferida es el más reciente de una serie de pasos que DHS está tomando para enfocar sus recursos que representan un peligro para la seguridad nacional o un riesgo a la seguridad pública. La acción diferida no provee un estatus legal ni es un vehículo a la ciudadanía. Según lo ha expresado el Presidente, los individuos que cualifiquen para el “Acta para un Sueño” o “DREAM Act” merecen tener certeza de su estatus. Sólo el Congreso, por medio de su autoridad legislativa, puede conferir la certeza que provee un camino hacia un estatus legal permanente.

P15: ¿Puedo pedir acción diferida si estoy actualmente en un estatus de no inmigrante (F-1, E-2, H-4) o tengo un Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés)?

R15: No. Usted solamente puede pedir acción diferida si actualmente no tiene un estatus de inmigrante y no estaba en ningún estatus de inmigrante al 15 de junio de 2012.